Proclamada abierta la sesión, se lee primeramente el orden del día y luego el Sr. Diego Correa en su carácter de presidente del cuerpo del Honorable Concejo Deliberante toma juramento al Sr. Néstor Daniel Bustos quien de esta manera pasa a formar parte del Honorable Concejo Deliberante, el cual queda conformado de la siguiente manera : Presidente Diego Alberto Correa, Vicepresidenta 1° María de los Ángeles Guzmán representando a Hacemos por Córdoba Vicepresidenta 2° María Alejandra Bellino representando a la Unión Cívica Radical los concejales Mariela Revellino, Graciela Beccarini y Andrea Quiroga representando a Hacemos por Córdoba y Néstor Daniel Bustos representando a la Unión Cívica Radical, secretaria Valeria Soledad Massimino una vez puesto en consideración fue aprobado.
Proyecto de Ordenanza N° 028/2023: Autorizar a la Cooperativa Agrícola Ganadera, Transportadora de Freyre SRL, Agrocomercial Suardi SRL y a Gabriel Fernando Castellano, a realizar la obra de tendido eléctrico de la red de baja tensión y alumbrado público, de conformidad a los planos confeccionados por el ingeniero Eduardo Roberto Nasuti, sin que ello signifique eximir al propietario del loteo y/o a los adquirentes de terrenos del mismo loteo, de cumplimentar con lo establecido en la ordenanza N° 1441/2015, una vez puesto en consideración fue aprobado.
Se lee por secretaria Proyecto de Ordenanza N° 29/2023: viendo la oferta de donación con cargo realizada por Daniela Andrea Cerutti, Ivana Anahí Cerutti, y Alicia Teresa Bruera , y; considerando que las mencionadas ofrecen donar a la Municipalidad terrenos con todo lo edificado, clavado, plantado y demás adherido al suelo que contiene, el ofrecimiento se realiza teniendo en cuenta la voluntad de Clemar Francisco Cerutti, con el cargo de que en las propiedades donadas se lleve a cabo la construcción por parte de la Donataria, y o la Provincia de Córdoba, de un establecimiento educativo, que llevará el nombre de “Cesar F. Cerutti y Familia’, y que en la misma se la utilizará única y exclusivamente para el desarrollo de actividades de carácter educativos de índole provincial y/o nacional, sin excepción. Para el cumplimiento del cargo se dispone de un plazo de 4 años contados a partir de la suscripción de la firma de la Escritura de Donación, el que podrá ser prorrogado a exclusivo criterio de las donantes. Que en virtud de las gestiones realizadas ante el Ministerio de Educación del Gobierno de la Provincia de Córdoba, existe un interés concreto de construir en los terrenos que se ofrecen un nuevo edificio para desarrollo de la actividad educativa de carácter provincial; que según lo dispuesto en el Art. 30°, inc. 19), de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, es atribución del Concejo Deliberante, autorizar al Departamento Ejecutivo aceptar o repudiar donaciones y legados con cargo, por todo ello el Concejo Deliberante autoriza al Intendente Municipal a aceptar la oferta de donación con cargo realizada por Daniela Andrea Cerutti, Ivana Anahí Cerutti, y Alicia Teresa Bruera, y a suscribir toda la documentación necesaria a esos fines, una vez puesto en consideración fue aprobado.-
Proyecto de Ordenanza N° 030/2023: viendo el convenio suscripto entre la Municipalidad de Freyre, y la firma VIALERG SA, para realizar la tarea de cicatrización del basural a cielo abierto local, en el marco del PLAN PROVINCIAL DE GESTION DE RESIDUOS de la Secretaria de Ambiente del Gobierno de la Provincia de Córdoba y; considerando que la empresa contratada cuenta con los equipos y el conocimiento técnico requerido para cumplir con la tarea encomendada, que además, el Gobierno de la Provincia de Córdoba, por gestiones realizadas por el Ejecutivo Municipal, ha comprometido aportar los recursos económicos que son necesarios para realizar de los trabajos en el predio del basural, se sanciona entonces con fuerza de ordenanza la ratificación del convenio celebrado entre la firma VIALERG SA, CUIT 30-71624187-0,con domicilio en AV. CORRIENTES 1386 Piso:3 Dpto:304. CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, representada por, Ernesto Rafael GAIT, DNI 30.656.336 y la Municipalidad de Freyre, con fecha 23 de julio de 2023, una vez puesto en consideración fue aprobado.
Proyecto de Ordenanza N° 031/2023: considerando que para este Municipio es primordial establecer como principal fin la seguridad, y luego la fluidez del tránsito; que el crecimiento del parque automotor en Freyre, sumado a la alta velocidad con que circulan en algunos casos los vehículos, ha aumentado la inseguridad para peatones, y vehículos menores; que la facultad Municipal de construir determinadas obras en el vía pública, que tienen como finalidad “reducir la velocidad” surge de su condición de Titular del dominio público Municipal, y de entender dichas obras como elementos tendientes a la seguridad, y no al entorpecimiento vial, ya que, el principio general de la vía pública es la libre circulación de peatones, y de vehículos, armonizando éstas con la seguridad. Que la evidencia indica que los reductores de velocidad, del tipo resaltos, han tenido buenos resultados para regular el tránsito, y; por todo ello se dispone la colocación de dispositivos físicos reguladores del tránsito del tipo resaltos, como reductores o limitadores de velocidad en las siguientes arterias locales:
a) Calle España, entre las calles Mitre y Bolívar.
b) Calle Ituzaingó Este, entre las calles San Martin y Sarmiento.
c) Calle Ituzaingó Este, entre las calles Sarmiento e Iturraspe.
d) Calle Italia, entre las calles Alberdi y Alsina.
e) Calle Italia, entre las calles General Paz y Alsina.
f) Calle Córdoba, entre las calles Vélez Sarsfield y Cabrera.
g) Calle España, entre las calles Bolívar y Balcarce.
h) Calle Corrientes, entre las calles Sarmiento e Iturraspe.
i) Calle Ituzaingó Este, entre los Bulevares 25 de Mayo y 9 de Julio.
j) Calle Mitre, sobre acceso a camino Central a Colonia Anita
Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer el diseño y construcción, de los dispositivos reguladores de velocidad (resaltos), teniendo en cuenta la obligación de deletabilizar la presencia de dichos elementos de regulación, una vez puesto en consideración fue aprobado.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-
Proyecto de Ordenanza N°032/2023: se propone un aumento del 6% remunerativo para el mes de julio de 2023 con respecto al básico de junio de 2023, y; considerando que por las razones socioeconómicas de público conocimiento que atraviesa el país, este Concejo Deliberante estima justo, oportuno y conveniente aprobar el presente proyecto en uso de las facultades conferidas por el art. 30º, inc. 9) de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, una vez puesto en consideración fue aprobado.
Proyecto de Ordenanza N°033/2023: Ratificación en todos sus términos del Convenio suscripto por la Municipalidad de Freyre, representada por el Intendente Municipal, señor Germán Horacio Baldo, y los Ingenieros Electromecánicos Miguel Angel Poggio y Pablo Carignano, para la ejecución del proyecto de alumbrado público de Barrio Norte (Ordenanza N° 1752/2021), una vez puesto en consideración fue aprobado.